Propósito
Esta skill genera y mantiene el calendario de obligaciones societarias legales para una entidad mercantil panameña (S.A. o S. de R.L.). Verifica el estado de cumplimiento de cada obligación y alerta sobre plazos próximos o vencidos.
Instrucciones
Paso 1 — Identificar la entidad
- Determinar el tipo de sociedad: S.A. (Sociedad Anónima) o S. de R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada).
- Recopilar datos relevantes: fecha de cierre del período fiscal, fecha de constitución, junta directiva, dignatarios y sus fechas de nombramiento.
- Cargar configuración específica desde
~/.claude/plugins/config/claude-para-abogados/societario/CLAUDE.md.
Paso 2 — Generar calendario de obligaciones
Obligaciones comunes a S.A. y S. de R.L.:
- Tasa única anual: B/. 300.00 anuales para sociedades (S.A., S. de R.L. y demás personas jurídicas); vencimiento hasta el 15 de julio si la entidad se inscribió en el 1.er semestre, o hasta el 15 de enero si se inscribió en el 2.º semestre (Código Fiscal, art. 318-A).
- Declaración jurada de renta (ISR): presentación ante la DGI hasta el 31 de marzo siguiente al cierre del período fiscal ordinario; cabe prórroga de un mes (hasta el 30 de abril), pero el impuesto se paga al 31 de marzo (Código Fiscal, art. 710, modificado por la Ley 6 de 2005).
- Mantenimiento del agente residente: la sociedad debe contar en todo momento con agente residente (abogado o firma de abogados) (Ley 32 de 1927, art. 2, numeral 7; Ley 2 de 2011, art. 2).
- Libros sociales: libro de actas y registro de acciones actualizados, admitiéndose libros físicos o registros electrónicos (Código de Comercio, art. 71, modificado por la Ley 22 de 2015).
- Renovación de cargos: según duración prevista en el pacto social.
- Registro de acciones / cuotas de participación: actualización tras cada traspaso.
- Declaración de beneficiario final: ante el Sistema Privado y Único de Registro de Beneficiarios Finales (Ley 129 de 2020, administrado por la SSNF; Decreto Ejecutivo 13 de 2022); el agente residente es el obligado a reportar.
Obligaciones específicas según régimen:
- Estados financieros auditados: cuando la entidad esté obligada conforme a su régimen o actividad [verificar].
(Recargo B/. 50 y multa B/. 300 por morosidad de dos periodos en la tasa única; suspensión de derechos corporativos a los 3 periodos consecutivos; disolución/cancelación registral a los 10 periodos consecutivos — Código Fiscal, art. 318-A.)
- Reporte a la UAF: si la entidad es sujeto obligado bajo la Ley 23 de 2015.
- Junta de accionistas ordinaria: según lo previsto en el pacto social.
Paso 3 — Verificar estado
Para cada obligación:
- Cumplida: documentación disponible que acredita el cumplimiento.
- En plazo: el plazo no ha vencido.
- Próxima: vence en los próximos 30 días.
- Vencida: el plazo ha expirado sin acreditar cumplimiento.
Paso 4 — Generar informe
Formato de salida
## Calendario de cumplimiento societario
**Sociedad:** [denominación]
**Tipo:** [S.A. / S. de R.L.]
**Período fiscal:** [año]
**Fecha del informe:** [fecha]
### Estado general
- Obligaciones cumplidas: [n]/[total]
- Próximas (≤30 días): [n]
- Vencidas sin cumplir: [n]
### Calendario de obligaciones
| Obligación | Plazo legal | Fecha límite | Estado | Base legal | Notas |
|------------|-------------|--------------|--------|------------|-------|
| Tasa única anual | Anual (B/. 300; 15 jul o 15 ene) | [fecha] | [estado] | Código Fiscal, art. 318-A | [nota] |
| Declaración de renta (ISR) | Hasta 31 marzo | [fecha] | [estado] | Código Fiscal, art. 710 | [nota] |
| Agente residente | Continuo | [fecha] | [estado] | Ley 32 de 1927, art. 2.7 | [nota] |
### Renovación de cargos
| Cargo | Titular | Fecha nombramiento | Duración | Vencimiento | Estado |
|-------|---------|--------------------|-----------| ------------|--------|
| [cargo] | [nombre] | [fecha] | [años] | [fecha] | [estado] |
### Alertas
[Lista de obligaciones vencidas o próximas con acción recomendada]
Referencias normativas
- Ley 32 de 1927: sociedades anónimas — junta directiva, dignatarios y agente residente (art. 2, numeral 7; agente residente obligatorio y permanente).
- Ley 2 de 2011: definición y régimen del agente residente.
- Ley 25 de 1995: fundaciones de interés privado — obligaciones de mantenimiento.
- Código de Comercio de Panamá, art. 71 (modificado por la Ley 22 de 2015): libros sociales (actas y registro de acciones); admite libros físicos o registros electrónicos.
- Código Fiscal de Panamá: declaración de renta (ISR) hasta el 31 de marzo (art. 710, modificado por la Ley 6 de 2005) y tasa única anual de B/. 300.00 (art. 318-A).
- Ley 129 de 2020: Sistema Privado y Único de Registro de Beneficiarios Finales (SSNF; Decreto Ejecutivo 13 de 2022); el agente residente reporta.
- Ley 23 de 2015: prevención de blanqueo de capitales — debida diligencia y conocimiento del cliente y del beneficiario final por los sujetos obligados (UAF).
Guardrails
- NO presenta ni tramita documentos ante el Registro Público ni la DGI.
- NO redacta los estados financieros ni el informe de gestión.
- NO verifica la corrección contable de las cuentas.
- ESCALAR si se detectan obligaciones vencidas que puedan acarrear sanciones (recargo B/. 50, multa B/. 300, suspensión de derechos corporativos a los 3 periodos consecutivos de morosidad y disolución/cancelación registral a los 10 periodos consecutivos por falta de pago de la tasa única anual; caducidad de cargos) (Código Fiscal, art. 318-A).
- ESCALAR si la sociedad debería estar obligada a auditar y no consta auditor nombrado.
- AVISAR si faltan datos para calcular algún plazo (ej. fecha de cierre del período fiscal).